Cuando la ley sanitaria intenta ponerse al día con la realidad

El 15 de enero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que reformó diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Entre los cambios que más han llamado la atención está la incorporación expresa de temas como la salud digital, la telemedicina y los expedientes clínicos electrónicos dentro del marco legal mexicano. Esto resulta especialmente relevante porque muchas de estas prácticas ya existían en la realidad, pero no siempre con la claridad normativa suficiente. 

Lo que más me interesa de esta reforma es que refleja algo muy común en el derecho sanitario: la práctica suele avanzar más rápido que la ley. Durante años, la digitalización en salud fue creciendo en hospitales, consultorios y plataformas, pero el reto era darle sustento legal claro. Que ahora la ley reconozca estos temas significa que la prestación de servicios de salud a distancia ya no puede verse solo como una herramienta opcional o improvisada, sino como una actividad que debe cumplir obligaciones jurídicas concretas. 

Desde el enfoque de marco legal, esta reforma abre preguntas importantes sobre confidencialidad, protección de datos clínicos, responsabilidad profesional y acceso equitativo a los servicios digitales. No basta con decir que el sistema se moderniza; también hay que preguntarse quién resguarda la información, cómo se garantiza el consentimiento del paciente y qué pasa cuando la tecnología falla o excluye a quienes tienen menos acceso digital. En mi opinión, la reforma era necesaria porque la ley no podía seguir ignorando una realidad que ya forma parte de los sistemas de salud, pero su verdadero valor dependerá de cómo se implemente y de si logra equilibrar innovación con protección de derechos. 

Nota completa: https://dof.gob.mx/2026/PRESREP/PRESREP_150126_02.pdf

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